DOCUMENTOS

PLAN INTEGRAL DE APOYO A INICIATIVAS DE AUTOEMPLEO DE LA FUNDACION ONCE

La Fundación ONCE ha desarrollado para 1999 un Plan Integral de Apoyo a Iniciativas de Autoempleo, que continúa la labor que la Fundación ha venido desarrollando en favor del acceso al empleo de las personas con discapacidad e incluye nuevas líneas de actuación.

El objetivo de este Plan es que se incremente el número de iniciativas empresariales promovidas por personas con discapacidad y que disminuya el riesgo empresarial de las mismas, para lograr que los proyectos se pongan en marcha con éxito y que las personas con discapacidad que los promueven consigan la estabilidad económica y profesional y, en definitiva, su integración social.

El mencionado Plan, gestionado por la Unidad de Autoempleo de la Fundación O.N.C.E., contempla las siguientes líneas de actuación interrelacionadas:

- Información y Orientación
- Formación
- Asesoramiento
- Apoyo a la puesta en marcha
- Subvención
- Seguimiento

SERVICIO DE INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN

Mediante la atención personal y directa, bien telefónica o mediante visitas "in situ" a las oficinas de Fundación ONCE, desde la Unidad de Autoempleo se informa y orienta a todas aquellas personas, Instituciones y Asociaciones, que lo deseen, sobre todos los servicios que se ofrecen en este Plan.

FORMACIÓN

Teniendo en cuenta que la formación es un aspecto fundamental en el éxito de todos los programas de promoción de emprendedores, se ha elaborado un completo Programa Formativo de Autoempleo, que tendrá sus efectos a lo largo de todo el territorio nacional, con el objetivo de que cualquier persona con discapacidad que lo desee tenga fácil acceso a la impartición de esta formación.

El Plan Formativo se desarrolla en 5 modelos de cursos no excluyentes entre si:

- Curso de Generación de Ideas y Creatividad Empresarial.
- Curso de Formación Básica en Autoempleo.
- Curso de Planificación del Autoempleo.
- Cursos de Formación Específica en Actividades de Autoempleo.
- Curso de Planificación Avanzada del Autoempleo.

La programación de cursos para 1999 comprende medio centenar de acciones formativas, que se realizan en diferentes ciudades de todo el territorio español.

ASESORAMIENTO

Como parte integrante del Plan se ha desarrollado un servicio de asesoramiento gratuito para los seis primeros meses de puesta en marcha de los negocios.

Podrán ser beneficiarios de este servicio todas aquellas personas que, hayan realizado alguno de los procesos formativos de autoempleo de Fundación O.N.C.E., y una vez analizada la previabilidad de su proyecto empresarial (siendo el resultado de este estudio positivo), acrediten el comienzo de la actividad empresarial mediante la presentación del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y en el Impuesto de Actividades Económicas correspondiente a la actividad a desarrollar.

Este servicio de asesoramiento gratuito se ha articulado a través de un sistema de cheques que se entregarán al beneficiario junto con un listado de consultores que le ofrecerán este servicio.

Cada promotor tendrá derecho a 25 cheques de una hora de duración cada uno: 10 cheques para los tres primeros meses, considerados como de puesta en marcha del negocio, y 15 cheques para los tres meses siguientes, periodo de arranque de la actividad empresarial.

APOYO EN LA PUESTA EN MARCHA

Se prevé la posibilidad de concesión de una ayuda de 500.000 pesetas para sufragar los gastos necesarios relativos a la puesta en marcha del negocio.

Para ser beneficiario de esta ayuda es requisito indispensable la asistencia a cualquiera de los cursos de formación en autoempleo de Fundación O.N.C.E. y dictamen favorable de la viabilidad de su proyecto empresarial.

Como justificante para la adjudicación de este apoyo será necesaria la presentación del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y del alta en el Impuesto de Actividades Económicas correspondiente a la
actividad a desarrollar, debiendo aportar durante los seis primeros meses posteriores a la fecha del alta correspondiente, los recibos justificativos del pago a la Seguridad Social.

AYUDAS ECONÓMICAS

Se contempla la posibilidad de concesión de una ayuda económica de hasta 2.000.000 de pesetas en concepto de subvención a fondo perdido, para la realización de las inversiones en activos fijos necesarios para el desarrollo de la actividad.

Se considerarán partidas subvencionables:

- Adquisición de terrenos y locales
- Obras de acondicionamiento e instalaciones
- Maquinaria y utillaje
- Mobiliario y enseres
- Elementos de transporte
- Equipos y aplicaciones informáticas
- Activos inmateriales: bienes y derechos, marcas, patentes, gastos de
investigación y desarrollo, etc.

Con carácter excepcional podrán ser subvencionados elementos del activo circulante (materias primas, existencias iniciales, etc.), si se considera estrictamente necesario una vez realizado el estudio del correspondiente proyecto empresarial.

En ningún caso serán subvencionables los gastos de explotación del negocio (alquileres, sueldos y salarios, seguridad social, suministros, intereses de préstamos, etc.).

Para solicitar dicha ayuda económica será necesaria la presentación de la siguiente documentación:

- Hoja de solicitud
- Fotocopia del D.N.I.
- Fotocopia del Certificado de Minusvalía así como del Dictamen Técnico Facultativo acreditativo de la condición de minusválido.
- Fotocopia completa de la última declaración del la renta o documento que acredite los ingresos de la unidad familiar. En caso de no venir obligados a presentar dicha declaración, deberá adjuntarse un certificado expedido por la correspondiente Agencia Tributaria en estesentido.
- Copia de las solicitudes de subvención presentadas para cubrir el mismo objetivo y, en su caso, de las contestaciones correspondientes, ante la Administración Central, Autonómica, Diputación, Municipio, etc. En el caso de quiosco de prensa, flores o similar, copia de la Licencia Municipal de ocupación de la vía pública, siempre con carácter previo a la tramitación del expediente.

Cuando se haya iniciado la actividad:

- Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y fotocopia del último recibo.
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas correspondiente a la actividad desarrollada.

La Explicación del proyecto empresarial, que deberá contener necesariamente:

- Descripción de la actividad a desarrollar en el proyecto que se presenta, indicando si tiene o no, experiencia anterior en la misma.
- Características del local en el que se va a desarrollar la actividad (ubicación, superficie, si es propiedad del promotor o alquilado, etc.)
- Detalle de la inversión necesaria para iniciar la actividad adjuntando facturas proforma o presupuesto detallado de dicha inversión. Si ya está realizada la inversión será necesario adjuntar fotocopia de las facturas definitivas.
- Detalle de la financiación necesaria para cubrir las inversiones (de dónde se esperan obtener los recursos suficientes para hacer frente a las inversiones necesarias).
- Plan comercial, indicando quiénes van a ser sus clientes, proveedores, si va a realizar algún tipo de publicidad, etc.
- Detalle de la previsión de gastos e ingresos durante el primer año de actividad.

El plazo de recepción de las solicitudes de ayuda económica será desde el 1 de enero al 30 de septiembre de cada año natural.

La solicitud recibida es estudiada por la Unidad de Autoempleo quien realiza un informe sobre la misma. Dicho informe es presentado posteriormente a un Comité Directivo de Fundación O.N.C.E. que resuelve favorable o desfavorablemente dicha petición de ayuda económica.

En cualquier caso, cada solicitante recibirá una comunicación por escrito sobre la resolución que se adopte.

Indicar que si transcurrido un periodo de más de dos meses desde el último requerimiento de información, no se hubiese obtenido respuesta alguna, se procederá al archivo inmediato de la correspondiente solicitud de ayuda económica.

Si la solicitud de ayuda económica fuese resuelta favorablemente, el beneficiario deberá suscribir necesariamente un contrato con Fundación ONCE.

Firmado el contrato, se procederá al pago de la cuantía aprobada previa presentación de la siguiente documentación:

- Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. - Alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
- Facturas definitivas de las inversiones realizadas.

El pago de la correspondiente ayuda económica concedida se hará efectivo aproximadamente en el plazo de 60 días desde la presentación de la documentación correspondiente.

SEGUIMIENTO

La Unidad de Autoempleo realiza un seguimiento posterior a todos aquellos proyectos a los que Fundación ONCE ha concedido una ayuda económica con el fin de comprobar, tanto la efectiva aplicación de los fondos otorgados, como posibles incidencias o dificultades acaecidas durante el desarrollo de la actividad, y detalles sobre elfuncionamiento del mismo.

Como norma general, cualquier beneficiario de una ayuda económica deberá presentar periódicamente la siguiente documentación:

En el mes de junio: Declaración del IRPF, declaración del IVA correspondiente al último trimestre y último recibo del pago deAutónomos.

En el mes de diciembre: Justificante del pago en el I.A.E, último recibo del pago de Autónomos, y declaración del IVA correspondiente al último trimestre.

(Información facilitada por la Fundación ONCE).

Antonio Jiménez Lara
Consejo Económico y Social
Huertas, 73, E-28014 MADRID
Tel: +34-914290018, ext. 409
Fax: +34-914294154
Mailto:antonio.jimenez@ces.es

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