NORMA GRANADA, APROXIMACIÓN A LA TERCERA REVISIÓN
Jordi Chueca i Abancó
miembro de la Comisión de revisión de la Norma Granada
Asociación Española de Parques y Jardines Públicos
http://www.drac.com/pers/chueca
INTRODUCCIÓN
Recuerdo que en primavera de 1989 asistí a mi primer congreso de la Asociación Española de Parques y Jardines Públicos en Santander.
Allí conocí a algunos de los que iban a ser mis "amigos jardineros" allí me hice socio de la Asociación y allí conocí el avance de la Norma Granada. Recuerdo a Pedro Salvador Palomo, a Fernando Gómez Alcaina, a Antonio López Lillo y a tantos otros que trabajaban en la primera Norma Granada.
Conocer la Norma supuso para mi un alivio a mis problemas de valoración económica en el Ayuntamiento de Terrassa, donde trabajaba desde hacía un año largo, pero también me supuso una inquietud, que se vio reflejada en un artículo que publiqué en la revista Zona Verde, ahora Parjap, respecto a la necesidad de informatizar el proceso valorativo. Fruto de esta inquietud y de algún comentario a errores del libro, fui requerido por la Junta Directiva para participar en la segunda revisión de la Norma, que por diversas vicisitudes salió a la luz en 1999 con (a mi entender) muchas mejoras, pero manteniendo la función de Richards-Chapman como eje central de las valoraciones para los árboles no sustituibles y perpetuando lo que ahora después este tiempo, considero una formulación errónea para el proceso valorativo.
Intentaré explicar esta afirmación; biológicamente hablando, el crecimiento de los árboles es fruto de procesos muy complejos, en los cuales intervienen factores ambientales (climatológicos y edafológicos) y de las técnicas de cultivo empleadas, por lo que el desarrollo está condicionado a estos factores.
Por otro lado todos los seres vivos se desarrollan siguiendo un patrón, pero éste no es siempre igual, hay "ligeras variaciones"; personas altas y bajas, delgadas y gordas, de ojos azules y castaños, etc. Los árboles siguen este mismo patrón y crecen de forma desigual dependiendo de los factores anteriormente citados. Es este contexto que la función de Richards-Chapman puede ser una función válida, pero siempre que los patrones sean muy parecidos, de esta forma es una función empleada para estimar desarrollos en árboles forestales o en árboles que se desarrollen bajo condiciones "controladas" como pueden ser los viveros productores, pero en una calle, un jardín o en un bosque sin un objetivo de explotación claramente forestal, el uso de la Norma Granada y la función polinómica de Richards-Chapman durante los últimos dieciocho años se ha mostrado totalmente ineficaz.
Influyó también el hecho inevitable de establecer por acuerdo de la Comisión redactora de la Norma, unos criterios que marcaran los puntos de inflexión de la curva, recordemos que para diferentes clasificaciones de hábito de crecimiento, se establecieron un máximo de 1000 veces del valor del árbol característico y un mínimo de 500.
LA NUEVA COMISIÓN Y LA VERSIÓN DE 2006
Así pues la Comisión de Revisión de La Norma se planteó para esta edición de 2006 un nuevo reto, encontrar una fórmula válida que representara no únicamente el crecimiento de los árboles, sino su valor básico. Es indudable que el objetivo final de la Norma es obtener un valor económico a un valor ornamental, pero también es cierto que los métodos y formulaciones empleadas, deben de acercarse lo más posible a la realidad del mercado.
La anterior Norma Granada diferenciaba además el hábito de crecimiento de las frondosas y las coníferas, puesto que estas últimas se valoraban por altura, cuando a criterio de la Comisión, parece lógico que estas últimas también crecen en grosor del tronco y el único factor que incide en ellas para medirlas por altura es la imposibilidad o dificultad de los viveristas para medir el tronco de alguna de ellas a un metro del suelo (véase el apartado ¿Y LAS CONÍFERAS? en este mismo artículo.)
La función de la Norma como elemento persuasor de ciertas prácticas en contra del patrimonio arbóreo creemos que esta superada por las actuales leyes de preservación y conservación, por lo que nuestro método debe ofrecer solamente un valor lo más cercano posible a la realidad, existen otras formas para denunciar y sancionar actitudes poco respetuosas con las leyes o catálogos de arbolado.
Bajo esta premisa, indudablemente economicista, la Comisión estudió una nueva fórmula que substituyera a la función de Richards-Chapman, pero que se acercara más al valor de mercado de los árboles. Sé que el término "valor de mercado" aplicado a la valoración económica de los árboles ornamentales suscitará algunas criticas, pero tampoco debemos olvidar lo citado anteriormente, nuestra "Norma Granada" es un método valorativo que debe tender a ofrecer al tasador las herramientas para una valoración económica lo más cercana a la perfección y nuestras ordenanzas y declaraciones de arbolado singular son las que deben preservar (incluso con la imposición de sanciones económicas) nuestro arbolado ornamental.
Después de dos años de trabajo intermitente y con la ayuda de Ana López Montes, licenciada en matemáticas, se ha desarrollado una nueva fórmula que representa claramente el hábito de crecimiento de los árboles ornamentales. Indudablemente cuando hablamos de seres vivos es imposible llegar a la perfección, pero creemos que nos hemos acercado a ella.
He esperado para escribir este artículo a recibir las opiniones de quienes han contrastado la Norma y la opinión de casi un centenar de alumnos de los cursos de esta nueva versión de la Norma Granada organizados por la Asociación y en las clases del Posgrado de Gestión y mantenimiento de espacios verdes de la Universidad Politécnica de Cataluña, alguno de ellos junto a Juan Carlos Martínez, presidente de la Comisión de revisión. Afirmo rotundamente que todos los asistentes a los cursos, han mostrado su aprecio hacia el nuevo método por su simplicidad y su formulación mucho más realista que las dos versiones anteriores.
Siempre hemos afirmado que la Norma está viva e indudablemente mejorará en sus próximas revisiones, nos alienta saber por ejemplo, que los norteamericanos llevan ya nueve versiones de su Guide for plant appraisal, todas ellas han mejorado y modificado criterios, nuestra Norma Granada también.
Animo a los interesados en la valoración ornamental a testarla y a enviar sus comentarios a la Asociación Española de Parques y Jardines Públicos, juntos mejoraremos esta especialidad de nuestra profesión.
La nueva revisión incorpora dos nuevos conceptos valorativos, el factor edáfológico y el factor climatológico como elementos esenciales en el crecimiento de las especies vegetales, y estos inciden directamente en el valor básico de cada ejemplar.
Por otra parte los correctores extrínsecos del árbol, que en la anterior versión podían incrementar el Valor básico hasta 2,5 veces se han reducido a 0,5; entendiendo la Comisión de Revisión que un árbol por el mero hecho de existir (y con la nueva fórmula) ya refleja muchos de estos correctores, entendemos que un ejemplar de gran tamaño ya incluye en su valor básico factores históricos de situación, estéticos y funcionales, de no ser así, posiblemente el árbol ya no existiría.
Otra modificación importante se ha realizado en el corrector sanitario que ha pasado como máximo de multiplicar por 2 el valor básico a multiplicar por 1, entendiendo la Comisión de la misma manera que en el párrafo anterior, que el mero hecho de estar vivo un ejemplar, justifica un determinado estado sanitario, pero que este, no puede ser mayor que el valor básico propio del ejemplar.
La tercera revisión parte del concepto que un árbol cuanto mayor es, mayor debe ser su valor y en todo caso el factor que minorará éste, debe de ser el corrector de su estado sanitario y expectativa de vida (véase gráfico 1 en la comparativa efectuada en Ulmus pumila).
Para la citada comparativa se ha valorado el ejemplar con el nuevo método sin atender al corrector edafológico, puesto que éste varía dependiendo de la zona o región donde se realiza la valoración, se ha tomado como referencia un Olmo desarrollado en clima mediterráneo.

Gráfico 1
Valor básico obtenido, obsérvese que con la segunda revisión y debido al acuerdo de la Comisión el valor tendía a ser el mismo a partir de un perímetro de 300 cm. aproximadamente, por el contrario la revisión de 2006, propone un valor ilimitado entendiendo que, a mayor tamaño mayor valor económico, no obstante y como se mencionaba anteriormente, el corrector sanitario adaptará el valor final al estado real del árbol.
Entendíamos que en ningún caso era justificable que el valor de un árbol, en este caso, a partir de 300 cm de perímetro fuera el mismo.
En los tamaños iniciales y en el caso de este estudio, hasta un perímetro 55-60 los valores obtenidos con las dos fórmulas son muy similares.
¿Y LAS CONÍFERAS?
En los inicios de la Comisión de Revisión, Juan Carlos Martínez plateó la necesidad de valorar las coníferas bajo el mismo criterio que las frondosas, entendiendo que crecen de igual forma engrosando su tronco. Indudablemente esto suponía un trabajo de campo más difícil, ya que debíamos relacionar los dos tamaños (altura y perímetro de tronco) para poder analizar sus hábitos de crecimiento y como estos hábitos inciden en el valor final. Un convenio entre la asociación y Xavier Enrich (estudiante de Ingeniería Técnica Agrícola) nos permitió realizar un trabajo de campo en varios viveros productores de coníferas para poder relacionar valor de mercado con grosor de tronco (datos inexistentes hasta ese momento), fruto de este trabajo es la posterior creación de las tablas del factor climático/valor de referencia.
Para poder certificar nuestra hipótesis, he utilizado los datos de que disponía en tres situaciones diferentes, sobre árboles catalogados o monumentales de tres zonas (dos en Cataluña y una en la Región Murciana). He escogido árboles singulares para que el lector entienda la importancia de la valoración en estos casos, a pesar de que siempre ha sido criterio de esta Comisión, evitar las valoraciones de este tipo de árboles, puesto que su valor supera con creces el valor ornamental obtenido a través de la Norma Granada. Veamos pues las tablas y los resultados obtenidos con la Norma Granada nueva (2006) y las versiones anteriores:
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ARBRES MONUMENTALS DE CARDEDEU ( fuente Ayunt. Cardedeu ) |
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ARBOL |
PERÍMETRO |
ALTURA |
VALOR BÁSICO NORMA NUEVA (2006) |
VALOR BÁSICO NORMA ANTIGUA (1999) |
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Calocedrus decurrens |
182 Cm perím |
15 m. alt |
17.608,67 |
15.822,40 |
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Calocedrus decurrens |
171 Cm perím |
20 m. alt |
15.594,31 |
19.729,60 |
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Cedrus deodara |
290 Cm perím |
25 m. alt |
54.152,62 |
14.706,45 |
|
Cedrus deodara |
263 Cm perím |
22 m. alt |
44.687,63 |
13.600,95 |
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Cupressus sempervirens |
195 Cm perím |
23 m. alt |
18.859,44 |
4.670,93 |
|
Pinus halepensis |
203 Cm perím |
20 m. alt |
14.280,53 |
5.348,01 |
|
Pinus pinea |
280 Cm perím |
23 m. alt |
36.408,86 |
8.273,13 |
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Pinus pinea |
273 Cm perím |
17 m. alt |
34.641,13 |
7.080,50 |
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Pinus pinea |
254 Cm perím |
18 m. alt |
30.064,52 |
7.385,00 |
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Pinus pinea |
230 Cm perím |
18 m. alt |
24.746,28 |
7.385,00 |
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Pinus pinea |
214 Cm perím |
16 m. alt |
21.487,77 |
6.719,13 |
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Pinus pinea |
182 Cm perím |
12 m. alt |
15.659,48 |
4.614,75 |
|
Taxus baccata |
236 Cm perím |
14 m. alt |
44.520,58 |
19.887,00 |
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Taxus baccata |
101 Cm perím |
7 m. alt |
8.571,16 |
4.371,00 |
Tabla 1
Obsérvese en la tabla 1 como en el caso de los Calocedrus con la nueva fórmula, al relacionar tamaño de tronco con valor se invierte la tendencia de la Norma anterior. Entendemos que a mayor tamaño de tronco mayor valor, independientemente de la altura, condicionada esta en muchos casos por factores externos al árbol (pérdida de la copa por daños, competencia por la luz en caso de ejemplares plantados en situaciones de densidad alta, etc. )
Por otro lado y teniendo en cuenta que la mayoría de ellos son ejemplares catalogados o centenarios; no se si los nuevos valores son mejores o no, pero si que puedo afirmar que el Valor Básico anterior (Norma de 1999) era excesivamente bajo (entendemos éste valor básico como el valor que debería de tener un ejemplar hipotéticamente perfecto y relacionamos este valor con el coste que debería de tener el ejemplar si estuviera en producción, serán los correctores intrínsecos y extrínsecos los que otorguen el valor ornamental final)
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ÁRBOLES MONUMENTALES Y SINGULARES DE LA COMUNIDAD DE MURCIA (Fuente: 7º Congreso A.E.A.) |
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ARBOL |
PERÍMETRO |
ALTURA |
VALOR BÁSICO NORMA NUEVA (2006) |
VALOR BÁSICO NORMA ANTIGUA (1999) |
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Juniperus oxycedrus subsp. Badia |
272 Cm perím |
6 m. alt. |
16.969,83 |
3.636,00 |
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Juniperus phoenicea |
285 Cm perím |
5 m. alt. |
18.601,20 |
3.254,22 |
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Juniperus Thurifera |
472 Cm perím |
12 m. alt. |
50.342,47 |
18.880,92 |
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Juniperus turbinata |
113 Cm perím |
5 m. alt. |
3.067,67 |
1.811,48 |
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Pinus halepensis |
630 Cm perím |
10 m. alt. |
133.237,94 |
1.748,76 |
|
Pinus nigra subs, clusiana |
340 Cm perím |
15 m. alt. |
35.339,21 |
10.726,00 |
|
Pinus pinaster |
365 Cm perím |
18 m. alt. |
52.496,60 |
7.363,86 |
|
Pinus pinea |
490 Cm perím |
13 m. alt. |
109.874,34 |
4.934,13 |
Tabla 2
En la tabla 2 se repite el comentario del párrafo anterior. Expongo aquí el caso más paradigmático del Pinus halepensis, no conozco su emplazamiento, pero supongo que se debe tratar de un ejemplar fuera de lo común por su gran tronco (630 cm) a pesar de su poca altura (10 metros), observe el lector los valores de las dos columnas y juzgue los resultados, recuerdo que estamos hablando de algunos de los árboles monumentales de la Región murciana.
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ARBRES SINGULARS DE LA AREA METROP. DE BARCELONA (Fuente Mancomunitat de Municipis A.M.B. ) |
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ARBOL |
PERÍMETRO |
ALTURA |
VALOR BÁSICO NORMA NUEVA (2006) |
VALOR BÁSICO NORMA ANTIGUA (1999) |
|
Pinus canariensis |
210 Cm perím |
25 m. alt. |
20.164,04 |
9.106,77 |
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Pinus canariensis |
180 Cm perím |
23 m. alt. |
14.922,40 |
8.978,38 |
|
Pinus halepensis |
280 Cm perím |
20 m. alt. |
26.827,58 |
4.920,24 |
|
Pinus pinea |
290 Cm perím |
14 m. alt. |
39.010,42 |
4.057,38 |
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Taxus baccata (*) |
126 Cm perím |
6 m. alt. |
13.044,91 |
2.342,60 |
Tabla 3 (*) de cuatro troncos de 60,82,57,47 cm. respectivamente, efectuando el cálculo del Perímetro equivalente según Norma Granada
Para terminar les presento en la tabla 3 otras valoraciones, en este caso procedentes de los catálogos de los árboles singulares de los parques del Área Metropolitana de Barcelona, la tónica general planteada se reproduce.
CONCLUSIONES A LA NUEVA FORMULACIÓN DE LAS CONÍFERAS
En alguno de los casos estudiados, (Pinus pinea), la envergadura de la copa de las coníferas era de entre 18 y 20 metros, copas que por lo general no aceptan la poda, ¿imaginan ustedes una hectárea de estas coníferas?, a lo sumo y en el mejor de los casos podríamos cultivar entre 22 y 25 ejemplares por hectárea.
El valor promedio de esta hectárea estaría en 187.500 euros (25 Pinus pinea de 7.500 euros de Valor básico de promedio) según la Norma Granada en su versión de 1999 y se acercaría a los 750.000 euros en el caso de la nueva Norma Granada. Hablamos de árboles centenarios, si planteamos este aspecto desde un punto de vista economicista, ¿estaría usted dispuesto a obtener en algo más de 100 años una rentabilidad como las planteadas?.
Nos hemos formulado preguntas como estas en el sí de la Comisión de Revisión y la respuesta rotunda ha sido la nueva formulación para la obtención del valor de las coníferas, midiendo el tronco y por supuesto utilizando la nueva fórmula que relaciona grosor del tronco con valor económico, como se ha visto en el gráfico 1.
Como la Norma Granada está viva y seran los tasadores los que la juzguen, esperemos que el dicho "Bien está lo que bien acaba" pueda aplicarse a esta nueva revisión de la Norma hasta el día en que se publique la cuatra revisión, en la que por supuesto, nos pusimos a trabajar el día después de salir publicada esta tercera revisión.

Gráfico 2 árboles de Cardedeu (Barcelona)

Gráfico 3 Árboles singulares y monumentales de la Región Murciana

Gráfico 4 Árboles singulares de a M.M.A.M.B.
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